El reconocimiento canónico

“[…] se tiene la impresión de que este culto ha caído en una especie de silencio embarazoso, si no de rechazo, como si se tratara de una superstición o, al menos, de un aspecto de anacrónica religiosidad popular. Cierto que en la historia de la Iglesia sucedieron abusos y exageraciones, contra de los cuales reaccionó a menudo el Magisterio, sin poner jamás en duda la legitimidad del culto. Es más, lo defendió solemnemente con un documento dogmático del Concilio de Nicea, en el año 787, contra los sólitos “puritas” que lo querían eliminar. Como habíamos visto, casi mil doscientos años después fue confirmado por el último Concilio y por el nuevo Código canónico. […]

En realidad, la “reliquia” es el signo de la sana materialidad del cristianismo, la sola religión que osa meter el cuerpo – y un cuerpo humano – en el misterio mismo de Dios. Está aquí el sensus fidei que lleva a los creyentes a tomar en serio la encarnación: que no fue una especie de finta presencia, si no el asumir totalmente nuestra realidad, de llevar la fe a confesar que Jesús fue al mismo tiempo verdadero Dios y verdadero hombre”.

(VITTORIO MESSORI, La venerazione delle reliquie é segno di una fede “incarnata”, Jesus, febraio 2001, p.56)

Para le exhumación y el reconocimiento de los restos mortales de un Siervo de Dios es siempre requerida una causa justa, como puede ser el transporte de los restos a un lugar más seguro o más digno; evitar una posible profanación; rescatarlos de la humedad, salvarlos de la cremación, a la cual algunos cementerios civiles recurren cuando han pasado años de la sepultura; cuando se aproxima la Beatificación, para extraer algunas reliquias.

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